Allan Madriz | EP. Con 48 votos a favor y de manera unánime, el Plenario Legislativo aprobó, en trámite de primer debate, el expediente 21.309, “Ley para resguardar el derecho de los trabajadores a retirar los recursos de la pensión complementaria“.
Con esta iniciativa ley, los jubilados y quienes se acojan a su jubilación antes del 1° de enero del 2021, podrán retirar la totalidad del fondo del ROP en dos años y seis meses, optando por dos modalidades: cuotas mensuales durante 30 meses hasta agotar el saldo acumulado, o el retiro acelerado que aporta el 25% del saldo acumulado cada nueve meses, recibiendo el primer pago 60 días después de aprobada la ley.
La propuesta legislativa establece también que los afiliados al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP), que se pensionen a partir del 1 de enero de 2021 y hasta el 18 de febrero de 2030, podrán retirar los fondos acumulados en sus cuentas individuales en rentas temporales por un plazo equivalente a la cantidad de cuotas aportadas a este régimen.
“Esta reforma acaba con la odiosa discriminación que ha permitido que los pensionados de lujo se lleven el 100% de su pensión en un solo tracto, mientras los otros jubilados recibían pagos de polaco; además, corrige una serie de otras injusticias que se venían cometiendo”, indicó el legislador y presidente del Congreso, Eduardo Cruickshank, uno de los proponentes del proyecto.
En los casos en que el monto de la pensión para estos jubilados sea menor a un 20% de la pensión mínima del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), la pensión complementaria otorgada será ese monto, el cual se seguirá abonando hasta que se agote el saldo acumulado, sin importar la cantidad de cuotas aportadas a este régimen.
“Celebramos que, tras estos años de análisis y discusión, se lograra entregar la pensión en un 100% a más 6.800 pensionados, se resolviera la situación para más de 33.600 familias de fallecidos que no dejaron beneficiarios, la entrega inmediata de recursos para personas con enfermedades terminales y el aumento del monto mensual de la pensión complementaria, se está reduciendo el cálculo de edad de 115 a 85 años”, indicó el diputado de Restauración Nacional, Carlos Avendaño.
La reforma establece que los afiliados y pensionados que enfrenten una enfermedad terminal, debidamente calificada por la CCSS, podrán optar por el retiro total de los recursos; y que cuando un trabajador no se pensione bajo ningún régimen, tendrá derecho a retirar los fondos de su cuenta individual al cumplir la edad establecida.
Además, se mantiene que el aporte del 1,5 % de los trabajadores deberá pasar al Banco Popular y de Desarrollo Comunal, por un plazo de 18 meses antes de ingresar al ROP con el pago de los intereses a los afiliados, alrededor del 6%.
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