TurismoAlertan de prácticas abusivas de agencias turísticas

Alertan de prácticas abusivas de agencias turísticas

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Allan Madriz | EP. El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y la Dirección de Apoyo al Consumidor han recibido 641 denuncias de prácticas abusivas de empresas que ofrecen servicios turísticos, entre el 2015 y 2017. 

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Tras realizar una serie de investigaciones en el mercado, el MEIC alerta a los ciudadanos por posibles irregularidades y prácticas abusivas realizadas por este tipo de empresas que se promocionan como agencias de viajes.

“Hacemos un llamado a la cautela para que los consumidores observen con prudencia las condiciones y términos en los que adquiera productos o servicios bajo la modalidad de ventas a plazo, con el fin de reguardar sus intereses legítimos para disfrutar del bien o servicio esperado”, indicó Geannina Dinarte, ministra de Economía, Industria y Comercio.

¿Qué tipo de prácticas abusivas se identificaron?

El MEIC indicó que el cliente debe desconfiar de la empresa o un producto de la misma, si se identifican lpuntos como los siguientes:

  • Material promocional no coincide con lo que indica el contrato.
  • Entrega de reservas de vuelos y no de tiquetes. En este caso, las reservas no cuentan con ninguna validez.
  • Solicitud de firma de pagaré. (No hay razón para que firme un pagará sino garantiza una deuda, usted está entregando dinero por adelantado).
  • No existe un contrato o es muy escueto con respecto a los detalles.
  • Solicitud de tarjeta de crédito como requisito para ofrecerle el servicio (No debe entregarse la tarjeta por ningún motivo).
  • Ofrecimiento de un negocio al indicar la posibilidad de vender la semana adquirida.
  • El contrato, los documentos, las facturas o recibos no indican el nombre de la empresa y la cédula jurídica.

De igual manera, el MEIC recomienda y recuerda a los usuarios que:

  • Debe dudar de propuestas que parecen “demasiado buenas para ser ciertas”, tanto en términos de precio como de regalías u otras condiciones.
  • Debe leer el contrato detenidamente y evitar firmarlo si no entiende alguna cláusula o le parece abusiva, confusa o con penalizaciones excesivas.
  • El cliente tiene un plazo de 8 días hábiles para ejercer el retracto en los casos en que le hayan vendido el servicio fuera del establecimiento comercial.
  • El cliente tiene 2 meses para denunciar si le incumplen el contrato o si la empresa no cuenta con la autorización.

El MEIC aclaró que solo se encuentran autorizadas un total de 47 empresas que comprende empresas dedicadas a tiempos compartidos, planes vacacionales y agencias de viajes (empresas autorizadas).

Por otro lado, debido a limitaciones que tiene que tiene la regulación existente y ante el aumento de denuncias de consumidores, el MEIC considera necesario presentar ante el Congreso una reforma a la Ley 7472.

“Esto permitiría actuar a la Comisión Nacional del Consumidor, de manera inmediata y mediante medida cautelar, ante la evidencia clara de defraudaciones masivas, decretando el cierre temporal de estos establecimientos”, indicó la jerarca del MEIC.

Es necesario aclarar que toda empresa que tenga como común denominador, la ejecución futura del servicio contratado y el pago, ya sea en uno o varios tractos, debe contar con la respectiva autorización del MEIC.

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Redacción El Periodico CRhttps://elperiodicocr.com/
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