Aarón Chinchilla EP. | Una resolución del Departamento de Asesoría Legal de la Asamblea Legislativa determinó que las personas de la comunidad trans pueda utilizar los baños en cualquiera de los edificios, de acuerdo a su identidad de género.
Dicho señalamiento se da luego que Director Ejecutivo de la Asamblea, Antonio Ayales Esna, realizara la consulta AL-DREJ-OFI-0401-2019 en Marzo anterior, a raíz de que una trabajadora legislativa manifestara que ella y varias compañeras más, “”se han sentido vulneradas e incómodas al ingresar al baño de mujeres y encontrar a visitantes transgénero utilizando los servicios sanitarios y en ocasiones con la puerta abierta”.
Tras la consulta, el departamento legal, a través del oficio AL-DALE-PRO-0083-2019, representado por el director a.i, Freddy Camacho Ortiz, señaló que analizado el caso sobre el uso de los baños, así como de las regulaciones y normativas relacionadas con el reconocimiento de la diversidad sexual que rigen el accionar de las instituciones públicas, “esta Asesoría Legal concluye que existe la obligación, tanto por parte de los funcionarios legislativos, como de la Administración activa, de no emitir acciones o políticas que conlleven discriminación sobre alguna persona en razón de su orientación sexual, por lo que, en este caso particular, a la población transgénero se le deberá permitir el uso del baño destinado a su identidad de género.
“Instamos al Directorio Legislativo y la administración del Congreso a promover y apoyar acciones contra la homofobia e integrar a la comunidad legislativa en un entorno laboral de respeto, tolerancia y convivencia pacífica”
Dicha resolución se basó en una moción aprobada por el Plenario en la Sesión N°. 11 del 17 de mayo de 2012, la cual declara a la Asamblea Legislativa como institución promotora de los derechos humanos, libre de homofobia, lesbofobia y transfobia y todo tipo de discriminación, marginación o exclusión por orientación sexual.
Otra normativa en la que se basó dicho acuerdo fue la opinión jurídica OJ-052-2018 del 12 de junio de 2018 de la Procuraduría General de la República (PGR), la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el artículo 33 de la Constitución Política, el Decreto Ejecutivo N° 34399-S para declarar el “Día Nacional contra la Homofobia”, Decreto N° 37071-S que declara el Día Nacional contra la Homofobia, lesbofobia, bifobia y la transfobia y el Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, mediante el Decreto Ejecutivo N° 39680-MP del 26 de abril de 2016, entre otros.
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