Sala IV rechaza recurso de amparo en contra del pago de marchamo

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El cobro del marchamo quedará tal y como se estipuló en 2015. Quienes aún no pagan se exponen a multa o recargo.
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Elvis Martínez | EP. La Sala Constitucional rechazó de plano el recurso de amparo interpuesto por la fracción del Movimiento Libertario (ML) en contra del cobro del marchamo 2016.

El diputado Oto Guevara promovió el recurso aduciendo que el cobro por el marchamo era “a todas luces un abuso” por los legisladores que aprobaron el impuesto no estaban en facultad de agregar artículos a un convenio internacional.
Sin embargo, la Sala Constitucional lo rechazó. Este era el único recurso que impedía frenar el cobro del marchamo, así que las personas que aún no lo han cancelado deberán hacerlo para no exponerse a multas.
Al 8 de enero unos 166.299 usuarios no habían pagado aún el marchamo de un total de 1.344.836 que se pusieron al cobro, según informó el Instituto Nacional de Seguros (INS).
A partir de enero quienes no pagaron el marchamo a finales de 2015, se exponen a una multa de 24 mil colones y a la hora de realizar el pago el derecho de circulación le saldrá más caro ya que se suma el recargo por incumplimiento de pago.

¿Qué pasa con quienes no pagan?

Los propietarios de vehículos que no pagan el marchamo se exponen a recibir las sanciones establecidas en la Ley de Tránsito, las cuales van desde el decomiso de las placas hasta la retención del vehículo.

La mencionada Ley también dispone que si un vehículo circula sin el Derecho de Circulación o Marchamo al día y es detenido por un Oficial de Tránsito se le aplicará una multa.

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